Que hacer ante…

  • DESPIDOS Y RECLAMACIÓN DE SALARIOS
  • Despido improcedente, por causas objetivas, disciplinarias… asegúrate de que la empresa puede despedirte y de que tu indemnización es la que por Ley te corresponde. También debes tener muy claro que no existe vulneración de derechos fundamentales, tales como despedirte mientras estas embarazada, o como represalia por haber interpuesto alguna reclamación anterior a la empresa, o bien por ser representante legal de los trabajadores, o por cualquier otro motivo que suponga la vulneración de cualquier derecho constitucionalmente reconocido, ya que, en ese caso, el despido lejos de resultar improcedente, seria calificado judicialmente como nulo
  • Además, ¿te deben dinero?; nóminas atrasadas, dietas, complementos, actualizaciones, finiquito, horas extraordinarias… Nos encargamos de reclamar en tu nombre.
  • Te damos la mejor solución de la forma más rápida y económica.
  • Que tienes que hacer
  • Tan pronto recibas la carta de despido hay que actuar, pues solo tienes 20 días para presentar la Demanda ante el Juzgado de lo Social.
  • Si en lugar de reclamar por un despido lo haces por las cantidades que te deben, entonces el plazo es de 1 año.
  • Pero antes de acudir al Juzgado es necesario pasar por el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC) y presentar lo que se conoce como «papeleta de conciliación» o «demanda de conciliación». En ese mismo momento te darán una cita para acudir a un acto de conciliación con la empresa, y tratar de llegar a un acuerdo..
  • Una vez celebrado el acto de conciliación, si no hay acuerdo, se presenta la Demanda en el Juzgado de lo Social que corresponda, acompañando el acta administrativa expedida al efecto por el CMAC acreditativa de haber intentado la conciliación previa.